SAT recuerda la obligación de activar el Buzón Tributario y actualizar datos de contacto

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que todas las personas físicas y morales registradas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitar su Buzón Tributario y mantener actualizados sus medios de contacto, ya que forma parte de sus obligaciones fiscales.
El Buzón Tributario funciona como el canal oficial de comunicación entre la autoridad fiscal y los contribuyentes. A través de este medio se envían notificaciones, requerimientos, actos administrativos y avisos relacionados con trámites fiscales.
La autoridad aclaró que no es suficiente con activar el Buzón: también es obligatorio registrar y validar al menos un correo electrónico y un número telefónico, los cuales deben mantenerse vigentes para recibir cualquier comunicación oficial.
¿Se aplicarán multas por no habilitar el Buzón?
El Código Fiscal de la Federación contempla sanciones para quienes no activen el Buzón Tributario, no registren medios de contacto o no los mantengan actualizados. Las multas pueden ir de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos, de acuerdo con los artículos 86-C y 86-D.
No obstante, el SAT informó que, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, la aplicación de estas multas se aplazó hasta el 1 de enero de 2027. Esto significa que durante todo 2026 no se impondrán sanciones económicas por este motivo.
El organismo explicó que la prórroga busca dar tiempo suficiente a los contribuyentes para cumplir con esta obligación sin enfrentar penalizaciones.
Riesgos adicionales por incumplir
Más allá de las multas, el SAT advirtió que tener datos de contacto incorrectos o inactivos puede derivar en la restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD).
Este certificado es indispensable para la emisión de facturas electrónicas, por lo que su bloqueo puede afectar de manera directa las operaciones de personas físicas con actividad empresarial y de empresas.
En caso de que el CSD sea restringido, el contribuyente deberá presentar una aclaración ante el SAT dentro de los plazos establecidos para evitar que el certificado pierda vigencia de forma definitiva.
¿Qué se necesita para activar el Buzón Tributario?
Para habilitar este servicio, el SAT solicita:
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RFC y contraseña o e.firma vigente
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Un número de teléfono celular
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Hasta cinco correos electrónicos activos
El trámite se realiza completamente en línea, a través del portal oficial del SAT.
Canales de orientación
Para resolver dudas, el SAT puso a disposición el número telefónico 55 6272 2728, con atención de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, además de su sitio web oficial, donde se puede consultar información sobre el Buzón Tributario y otras obligaciones fiscales.



