Anulan elección en Frontera Comalapa
- Dan vista del fallo al Congreso del Estado, IEPC, FGE y la Secretaría de Hacienda, para que actúen conforme a sus competencias
Luego de un estudio sistemático de cada una de las pruebas presentadas por los partidos impugnantes, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), declaró la nulidad de la elección de integrantes del Ayuntamiento de Frontera Comalapa y revocó la entrega de la constancia de mayoría a favor de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, que encabeza el excandidato Carlos de Jesús Ramírez Aguilar.
Debido a lo anterior, la TEECH vinculó el fallo al Congreso del Estado y al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), a fin de que tome medidas para la celebración de elecciones extraordinarias. Asimismo, se dio a aviso a la Fiscalía General del Justicia del Estado (FGE), a través de la Fiscalía Electoral, por la posible comisión de delitos en la materia.
De igual manera, se giró oficio a la Secretaría de Hacienda del Estado para que proceda a hacer efectiva la sanción impuesta al IEPC, por incumplimiento de aspectos relacionados con la tramitación de los medios de impugnación.
Se comprobó actos de violencia que ocasionaron la destrucción de los paquetes electorales y quema de casillas; también que cuando en el Consejo Municipal se recibían los paquetes electorales, arribó un grupo de personas, algunas encapuchadas y armadas, para extraer los paquetes de la bodega y generar destrozos.
En sesión plenaria del TEECH, se dijo también que se tiene acreditado el manejo indebido y destrucción de los paquetes electorales, actos de violencia que vulneraron la bodega electoral y cadena de custodia e ilegalidad del proceso de cómputo final.
Se informó también que de las 90 casillas que fueron instaladas, solo se contabilizaron 67 actas de escrutinio, en las cuales existen múltiples inconsistencias en cuanto a su identificación, congruencia y legibilidad.
Finalmente, su traslado y manejo se realizó en trasgresión a los mecanismos de seguridad, como la cadena de custodia o garantía de audiencia de los partidos políticos, lo que arroja al final que no exista plena certeza de la identidad, integridad y resultados.
En tanto que el PVEM se inconforma por la ilegal actuación del Consejo Municipal en el cómputo final de la elección que viola el principio de certeza, por lo que solicitó se modifique el cómputo y confirme la validez de la elección. De igual firma, se declaró infundada la pretensión del PVEM respecto a la modificación del cómputo, porque cuando no hay certeza de la autenticidad de las actas de escrutinio y cómputo, tampoco la hay de los resultados de la elección.