¿Falleció un ser querido? No olvides dar de baja su RFC en el SAT

¿Falleció un ser querido? No olvides dar de baja su RFC en el SAT

Cuando alguien fallece, es importante que los familiares realicen una serie de trámites administrativos para asegurarse de que todo quede en orden, ¡y el SAT también entra en la lista!

Trámite importante: La baja definitiva del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es un procedimiento necesario para notificar al SAT que la persona ya no existe, y debe hacerse dentro del mes siguiente al deceso. Este trámite es completamente gratuito.

¿Quién puede hacerlo?

Un familiar cercano o un tercero autorizado puede acudir a una oficina del SAT y presentar los siguientes documentos:

  • Acta de defunción
  • Identificación oficial de la persona fallecida
  • Forma oficial RX de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al RFC

💡 Recuerda que al finalizar el trámite, te devolverán el formato RX sellado como comprobante de que la situación fiscal de la persona fue actualizada.

¿Qué pasa si no das de baja el RFC?

No hacerlo no causa mayores inconvenientes si la persona no dejó bienes valiosos. Sin embargo, si dejó un patrimonio considerable o un testamento, el albacea podría heredar deudas o multas por no notificar al SAT. Las sanciones pueden ser de 4,500 a 9,000 pesos. ¡Evita problemas y haz el trámite a tiempo!

¿Dónde hacerlo?

Para saber cuál es el módulo más cercano para realizar este trámite, visita el directorio de módulos del SAT. ¡Hazlo pronto para evitar complicaciones!

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