Hijos y nietos mayores de edad podrán reclamar Afore de familiares fallecidos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia que permitirá a hijas, hijos, nietas y nietos mayores de 18 años reclamar los recursos acumulados en la cuenta individual de Afore de un trabajador fallecido, sin necesidad de acreditar dependencia económica.
El nuevo criterio, aprobado el 6 de noviembre de 2025, representa un avance en materia de igualdad y equidad, al eliminar una restricción que durante años limitó el acceso de descendientes mayores de edad a los fondos de ahorro para el retiro de sus familiares fallecidos.
Un fallo que refuerza la protección patrimonial y familiar
La SCJN precisó que, a partir de este fallo, bastará con demostrar el parentesco y la inexistencia de beneficiarios con mayor derecho para acceder a los recursos. Esto implica que las administradoras de fondos para el retiro (Afores) ya no podrán exigir documentación que pruebe la dependencia económica del solicitante, práctica que anteriormente impedía el acceso de muchos familiares legítimos a los recursos.
En su comunicado, el máximo tribunal destacó que este criterio fortalece la protección del patrimonio familiar y la igualdad ante la ley, al reconocer la legitimación de descendientes mayores de edad en los procesos sucesorios relacionados con las cuentas individuales.
Certidumbre también en materia de competencia económica
Durante la misma sesión, el Pleno de la Suprema Corte también resolvió que el programa de reducción de sanciones previsto en la Ley Federal de Competencia Económica es constitucional.
El tribunal explicó que este mecanismo —que otorga beneficios a las personas o empresas que colaboren en investigaciones sobre prácticas anticompetitivas— refuerza la transparencia, la certeza jurídica y el debido proceso en los procedimientos administrativos.
“La Suprema Corte garantiza el acceso a la justicia en investigaciones de competencia económica, bajo reglas claras y respetando los derechos de defensa”, señaló el comunicado oficial.
Puntos clave del fallo de la SCJN
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La jurisprudencia aplica a descendientes mayores de 18 años.
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No será necesario acreditar dependencia económica.
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Solo deberá comprobarse el parentesco y la inexistencia de beneficiarios preferentes.
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Se refuerza la protección al patrimonio familiar y la igualdad sucesoria.
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El Pleno también validó la constitucionalidad del programa de reducción de sanciones en materia de competencia económica.
Un precedente con impacto nacional
Este nuevo criterio de la SCJN sienta un precedente obligatorio para todos los tribunales del país, lo que significa que las Afores deberán adecuar sus procesos a esta disposición. Con ello, se busca evitar trámites prolongados y garantizar un acceso más justo a los recursos de los trabajadores fallecidos, en beneficio de sus familias.



