Revocan invalidez de elección y constancia de mayoría en San Cristóbal de Las Casas

  • El excandidato a la presidencia municipal por el Partido Verde Ecologista de México, Mariano Díaz Ochoa, incurrió en graves violaciones electorales

Revocan invalidez de elección y constancia de mayoría en San Cristóbal de Las Casas

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) revocó la constancia de mayoría y validez de la elección de miembros del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, luego de comprobarse que el excandidato a la presidencia municipal por el Partido Verde Ecologista de México, Mariano Díaz Ochoa, incurrió en graves violaciones electorales, en las elecciones del 6 de junio del 2021.

De acuerdo con la resolución, existe la convicción de que se rompió la cadena de custodia de los paquetes electorales; se aperturó la bodega del Consejo Municipal Electoral de San Cristóbal de Las Casas, en tiempos no permitidos; se perdió la certeza en el proceso electoral por haberse extraviado ochenta y tres boletas electorales; y se comprobó la violación al principio de equidad.

En sesión plenaria, se leyó que todo lo anterior “pone en duda la certeza de la voluntad ciudadana, pues no se puede generar confiabilidad de que los paquetes electorales contengan la verdadera voluntad de los electores”, se dijo, pues «es una violación grave que se hayan sustraído esas boletas con fines ilegales, máxime que quedó acreditado que estas fueron recibidas en el Consejo Municipal Electoral”.

Después de un estudio sistemático a cada una de las pruebas, se logró acreditar las violaciones a los principios de certeza y de equidad en la contienda.

Asimismo, resultó determinante la diferencia entre el primer lugar del PVEM, representado por el excandidato Mariano Díaz Ochoa, y el segundo lugar de MORENA, por Juan Salvador Camacho Velasco, la cual es de 1,507 votos, los que representan un 2.46 %, es decir menos de 5% que prevé el numeral 2 del artículo 103 de la Ley Electoral del Estado, para decretar la nulidad de la elección.

Cabe señalar que este fallo se vincula al Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), así como a la Fiscalía General del Estado (FGE), para efectos de investigaciones y procedimientos correspondientes.

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