SAT comienza segunda ronda de devoluciones por saldo a favor

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Durante el mes de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado paso a una nueva fase en el proceso de devoluciones de saldo a favor correspondiente a la Declaración Anual del ejercicio 2024 para personas físicas. Esta etapa se centra especialmente en quienes no han recibido su reembolso completo o cuya solicitud fue rechazada.
De acuerdo con la legislación fiscal, el SAT cuenta con un plazo máximo de 40 días hábiles para resolver y efectuar devoluciones, comenzando a contar desde la fecha en que se presentó la solicitud formal. Por lo tanto, los contribuyentes que corrigieron errores o entregaron documentación adicional en mayo podrían recibir su pago este mes.
¿A quién va dirigida esta segunda fase?
Virginia Ríos Hernández, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que este nuevo periodo de reembolsos está enfocado en quienes enfrentaron observaciones en su declaración, como inconsistencias o deducciones no válidas, y que han tenido que complementar su trámite con documentos como estados de cuenta o facturas electrónicas.
Muchos de los casos con devolución parcial o rechazada se deben a discrepancias entre los datos que el contribuyente declaró y los registros que el SAT tiene disponibles, incluyendo formas de pago no aceptadas o errores en la facturación. Una vez que el usuario entrega los comprobantes necesarios, el SAT reinicia el conteo de los 40 días hábiles para emitir una resolución.
¿Cómo saber si tu devolución ya fue procesada?
Los contribuyentes pueden consultar el estado actual de su solicitud siguiendo estos pasos:
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Ingresar al sitio oficial del SAT.
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Acceder a la sección «Trámites y Servicios».
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Dirigirse a «Devoluciones y compensaciones».
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Seleccionar «Seguimiento a trámites y requerimientos» o «Estado de tu devolución».
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Iniciar sesión con RFC y contraseña o e.firma.
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Elegir el ejercicio fiscal 2024 y el tipo de solicitud correspondiente a devolución automática.
Si el SAT no ha emitido respuesta en el plazo legal, o si la solicitud fue rechazada, será necesario revisar los motivos a través del Buzón Tributario. En estos casos, se puede presentar una solicitud manual para corregir cualquier situación pendiente y facilitar la devolución del saldo.
Fuente: Cronista