SAT confirma aplicación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo para montos que superen los límites permitidos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reafirmó que continuará aplicando el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) a todas aquellas operaciones bancarias en las que los usuarios superen los montos mensuales establecidos por ley. La medida busca reforzar el control fiscal y prevenir operaciones relacionadas con lavado de dinero o evasión tributaria.
De acuerdo con la dependencia, el impuesto se cobrará de forma automática cuando los depósitos en efectivo excedan el límite autorizado, en concordancia con la Ley del IDE (LIDE). Esta disposición tiene el objetivo de fortalecer la transparencia financiera y garantizar que todos los contribuyentes declaren correctamente los ingresos que perciben.
“El límite de depósitos en efectivo está directamente relacionado con la transparencia fiscal y con la necesidad de garantizar que todos los contribuyentes declaren de manera correcta sus ingresos ante el fisco”, puntualizó el SAT.
Depósitos en efectivo sujetos al IDE
La normativa vigente establece que tanto las personas físicas como morales pueden realizar depósitos en efectivo de hasta 15 mil pesos mensuales sin que se genere el cobro del impuesto. No obstante, si se rebasa ese monto, el banco está obligado a retener el IDE y reportar la operación al SAT.
El organismo subraya que este límite aplica únicamente a depósitos en efectivo, es decir, aquellos realizados directamente en ventanilla o cajeros automáticos. En cambio, las transferencias electrónicas, como SPEI o TEF, no están gravadas, ya que forman parte de operaciones digitales rastreables que no implican riesgo de opacidad fiscal.
Asimismo, el SAT exhortó a los usuarios a conservar comprobantes y recibos que acrediten el origen del dinero, especialmente en el caso de depósitos en efectivo de procedencia lícita, a fin de evitar sanciones o auditorías innecesarias.
Pagos electrónicos, fuera del alcance del impuesto
El artículo 1 de la Ley del IDE especifica que las transferencias bancarias, pagos de nómina o movimientos entre cuentas propias no generan el impuesto, ya que se consideran transacciones transparentes dentro del sistema financiero.
Esta excepción tiene como propósito no obstaculizar las operaciones digitales cotidianas ni afectar a empresas y trabajadores que reciben o envían dinero mediante plataformas electrónicas. El enfoque del SAT está dirigido exclusivamente a las operaciones en efectivo, consideradas de mayor riesgo fiscal.
Control fiscal y prevención del lavado de dinero
El IDE fue creado como un instrumento de vigilancia financiera destinado a detectar posibles irregularidades en el flujo de efectivo. En la práctica, su aplicación contribuye a que las autoridades monitoreen los movimientos bancarios fuera del sistema electrónico y actúen ante indicios de evasión fiscal o blanqueo de capitales.
En conclusión, el SAT reiteró que el cobro del IDE se aplicará solo a los depósitos en efectivo que superen los límites establecidos, e instó a los contribuyentes a mantener control sobre sus movimientos mensuales para evitar retenciones automáticas.



