Jornada laboral de 40 horas: ¿excluye a los trabajadores de home office?

Jornada laboral de 40 horas: ¿excluye a los trabajadores de home office?

Foto: Pixabay

La nueva normativa laboral en México ha generado confusión entre aquellos que desempeñan sus funciones bajo la modalidad de home office. La Ley Federal del Trabajo ha tomado un papel destacado en la agenda legislativa, experimentando cambios significativos a lo largo del año en cuanto a las políticas laborales en el país.

Es crucial recordar que estos cambios abarcan desde incrementos salariales para los trabajadores formales hasta extensiones en los días de vacaciones, pasando de 6 a 12 días por año laborado. En este contexto, uno de los debates más prolongados en el poder legislativo se centra en la posible reducción de la jornada laboral en México, que, de aprobarse, disminuiría de 48 a 40 horas semanales.

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Aunque beneficioso para la mayoría de los trabajadores, este ajuste no es bien recibido por el sector empresarial, incluyendo a prominentes empleadores como Carlos Slim, quienes se han manifestado en contra de la medida.

La incertidumbre se extiende a los trabajadores que realizan home office, ya que no se ha esclarecido si esta modificación horaria también les afectaría. A pesar de las controversias y divisiones de opiniones sobre los impactos positivos y negativos de la reducción de la jornada laboral en México, se espera que antes de que concluya el 2023 y comience el 2024 se alcance una resolución al respecto.

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En cuanto al home office, Francisco Javier Peniche, abogado que participó en los parlamentos abiertos para discutir el tema, ha indicado que la nueva jornada laboral de 40 horas semanales no se aplicaría a quienes realizan teletrabajo. Esta exención se justifica en la búsqueda de equilibrio entre las necesidades laborales y la productividad económica, considerando que los teletrabajadores no se desplazan a sus lugares de trabajo y disponen de más tiempo con sus familias.

No obstante, todas estas incertidumbres y suposiciones se espera que queden resueltas y confirmadas en diciembre, cuando se anticipa la emisión de una resolución definitiva sobre este asunto.

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