¿No recibiste tu aguinaldo? Esto es lo que puedes hacer

¿No recibiste tu aguinaldo? Esto es lo que puedes hacer

Foto: Cuartoscuro

En el mes de diciembre, millones de trabajadores en México aguardan con expectación los últimos días del año, conscientes de que recibirán su aguinaldo, sumado a su salario semanal, catorcenal o quincenal. Este ingreso adicional está destinado a cubrir los gastos asociados con las festividades navideñas, el fin de año, el Día de Reyes y la conocida «cuesta de enero», procurando administrarlo de la manera más eficiente posible.

El aguinaldo, reconocido como un derecho de los trabajadores en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, establece que todos los empleados tienen derecho a recibir anualmente esta prestación. En caso de no recibirlo, es posible acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o a los centros de conciliación laboral para buscar orientación y asesoría.

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La fecha límite para el pago del aguinaldo es el 20 de diciembre y debe equivaler, como mínimo, a 15 días de salario para el trabajador. Ante cualquier inquietud relacionada con este derecho, la PROFEDET brinda servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación legal para llevar a cabo acciones ante las autoridades laborales.

Las personas que tienen derecho al aguinaldo incluyen a trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros con una relación laboral subordinada a un patrón bajo la Ley Federal del Trabajo.

En caso de no recibir el aguinaldo antes del 20 de diciembre, la ley establece que el empleador tiene la obligación de pagarlo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, se prevén sanciones que van de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

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El trabajador tiene un plazo de un año para presentar reclamaciones ante las instancias jurisdiccionales correspondientes, ya sea en juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales, Tribunales Laborales Federales o Locales, o en Centros de Conciliación Laboral.

La UMA es la referencia económica en pesos utilizada para calcular el pago de obligaciones y supuestos establecidos en las leyes federales. Aquellos trabajadores que no hayan cumplido un año de servicio laboral, independientemente de estar laborando en la fecha de liquidación del aguinaldo, tienen derecho a recibir una parte proporcional del mismo en función del tiempo trabajado. La ley estipula que el empleador, en caso de incumplimiento, enfrentará multas por completo o extemporáneo pago del aguinaldo.

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